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Sanciones Verifactu: 50.000 € por ejercicio, sin necesidad de fraude

Jose Miguel Casas · · 6 min de lectura

Lo más importante de las sanciones de Verifactu no es la cifra —que también—, sino esto: no hace falta que hayas defraudado un solo euro. Tener o usar un programa de facturación que no cumpla el reglamento ya es, por sí mismo, una infracción tributaria.

Las cifras del artículo 201 bis LGT

La Ley General Tributaria dedica un artículo específico, el 201 bis, al software de facturación. Distingue dos infracciones:

  • Usar o tener software no conforme: 50.000 € por ejercicio. Aplica al negocio —autónomo o sociedad— que facture con un sistema que no cumpla los requisitos del RD 1007/2023, o que lleve el software alterado (el clásico «módulo» que borra tickets).
  • Fabricar o vender software no conforme: 150.000 € por ejercicio y por cada tipo distinto de sistema. Y 1.000 € por cada sistema vendido sin la certificación exigida.

«Por ejercicio» significa que no es una multa única: cada año con el programa no conforme es una infracción nueva.

Desde cuándo te pueden sancionar

  • Fabricantes y comercializadores: ya. Desde el 29 de julio de 2025 solo pueden comercializar software conforme.
  • Negocios: desde tu fecha de obligación. 1 de enero de 2027 para sociedades, 1 de julio de 2027 para autónomos. El calendario completo, con los aplazamientos, está en Verifactu obligatorio: fechas definitivas y a quién afecta.
  • Software de doble uso: sancionable desde 2021. El 201 bis está en vigor desde la ley antifraude de 2021 para software que permita ocultar ventas. Si tu TPV lleva un «modo B», eso ya es sancionable hoy, sin esperar a Verifactu.

Los casos típicos que van a caer

La plantilla de Excel

Excel funciona como sistema informático de facturación pero no puede cumplir el reglamento: no genera registros encadenados, no produce QR y cualquiera edita una celda sin dejar rastro. A partir de tu fecha, facturar con Excel es usar software no conforme. El detalle está en la guía de qué es Verifactu.

El TPV viejo de la tienda

Los tickets son facturas simplificadas y generan registro igual. Un TPV de hace diez años, sin actualizaciones, no va a implementar el encadenado ni el QR. Quien tenga tienda física tiene que preguntar por el TPV, no solo por el programa de facturas.

El programa descatalogado

Mucho software de escritorio antiguo no se va a adaptar: su fabricante ya no lo mantiene. Que el programa «funcione» no lo hace legal; si el fabricante no publica la adaptación a Verifactu, toca migrar.

Qué hacer para no exponerte

  1. Pide a tu proveedor de software su declaración responsable de conformidad con el RD 1007/2023. Los conformes la tienen; los que no, darán largas.
  2. Comprueba que tus facturas y tickets salen con QR y que los errores se corrigen con rectificativa, no borrando.
  3. Si la respuesta de tu proveedor es «estamos en ello» a estas alturas, planifica la migración ya: hacerla con la sanción encima sale más caro que la sanción de tiempo.

Brema es conforme de serie: registros encadenados, QR y rectificativas en todos los planes, también en el TPV. No hay versión «sin Verifactu».